Desahucio en Estepona



El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelta a dar un serio varapalo a la reforma de la Ley hipotecaria que hizo el Gobierno de Rajoy en 2013. Aquella reforma se vendió por el Gobierno como una medida precisamente para evitar desahucios, algo que se ha demostrado no ser cierto. El Tribunal Europeo ha dictaminado que el plazo de 1 mes para recurrir contra desahucios ya en marcha, argumentando clausulas abusivas de la hipoteca, no se ajusta a la normativa comunitaria, no es razonable e imposibilitó a muchos consumidores ejercer sus derechos.

La Comisión Europea exige reformas y no descarta sancionar al Gobierno
Son ya 5 los dictámenes del Tribunal Europeo contra la Ley Hipotecaria española por ir en contra de la normativa comunitaria. La Comisión Europea negocia con el Gobierno español la introducción de nuevos cambios, pero no descarta abrir un procedimiento de infracción si el Gobierno no demuestra que tiene voluntad de ajustar la Ley española a la europea. El dictamen del abogado general del Tribunal de Justicia de la UE, Maciej Spuznar, no es vinculante para el Tribunal pero sus opiniones y recomendaciones suelen seguirse y aplicarse en más de un 80% de los casos. Los jueces deliberarán sobre el tema y en los próximos meses se conocerá la sentencia definitiva.

Hecha la Ley, hecha la trampa
El Gobierno del PP modificó la Ley Hipotecaria no para mejorar la 'herencia recibida' o para favorecer a los hipotecados, sino porque una sentencia firme del Tribunal Europeo que la consideró abusiva le obligó a ello. En dicha reforma aprobada en 2013 (el PP ya llevaba dos años en el Gobierno) se permitía a los ciudadanos afectados por un desahucio oponerse a la ejecución- a que les echaran de su vivienda- alegando el carácter abusivo de una o varias clausulas de la hipoteca.
Para los desahucios ya en marcha cuando se aprobó la reforma, el Gobierno introdujo una disposición transitoria en la que se fijaba que los afectados por un desahucio ya en marcha tenían el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la reforma en el BOE (15 de mayo de 2013). El abogado general del Tribunal de la UE señala en su dictamen que "lo que plantea problemas es precisamente el hecho de que el plazo comience a correr a partir del día siguiente al de la publicación de la Ley 1/2013 en el BOE, sin haber  sido notificado a las partes demandadas en los procedimientos de ejecución".

Dos desahuciados por el BBVA
Dos ciudadanos desahuciados por el BBVA, el segundo banco más grande de España, recurrieron el proceso el 17 de junio de 2013, 1 día después del plazo marcado por el Gobierno y recurrieron al Tribunal Europeo al considerar que dicho plazo vulnera la Legislación comunitaria. Para el abogado general del Tribunal Europeo, el plazo de 1 mes sin haberlo notificado a los afectados "imposibilitó o dificultó en exceso el ejercicio de los derechos conferidos a los consumidores", además de generar "un elevado grado de inseguridad jurídica, inadmisible en el ámbito de la protección de los consumidores" porque el plazo "no es adecuado para preparar e interponer un recurso eficaz".