El Ayuntamiento de Madrid reducirá a 70 kilómetros por hora la velocidad de circulación en la M-30 y los accesos a la capital a partir de 2018 y prohibirá, a partir de 2020, aparcar en el estacionamiento regulado de la almendra central de la ciudad (interior de la M-30) a los vehículos "sin dispositivo ambiental".

Son medidas contenidas en el Plan A de Calidad del Aire de Madrid presentado por la alcaldesa de la ciudad, Manuela Carmena y la delegada de Medio Ambiente y Movilidad, Inés Sabanés.

Una zona sin coches
El Ayuntamiento de Madrid delimitará un área central "cero emisiones", donde se eliminará el tráfico de paso e impulsará un nuevo modelo de movilidad en el que se dará prioridad al peatón, a la bicicleta, al transporte público y a los vehículos menos contaminantes. La Gran Vía, sin embargo, no será peatonal, según ha confirmado la alcaldesa.

El Gobierno de Carmena rediseñará las principales calles para reducir "el espacio dedicado al automóvil" y potenciar los carriles bici y el transporte público y el espacio para el peatón. Además, se crearán "zonas 30" en las que los vehículos no podrán circular a más velocidad que los 30 kilómetros por hora, como la que se proyecta ya para buena parte del distrito de Chamberí, y se incrementarán de forma progresiva las plazas de aparcamiento subterráneo dedicadas a los residentes en detrimento de las de rotación.

¿Qué coches no podrán aparcar en el interior?
En 2025, solo los coches con emisiones cero podrán entrar en el centro de Madrid capital, y los vehículos sin distintivos ambientales no podrán circular en toda el área urbana. Asimismo, en 2020 estos últimos tendrán prohibido aparcar en los sectores con estacionamiento regulado (zonas verde o azul).

Carecen de distintivo ambiental aquellos vehículos y furgonetas ligeras de gasolina matriculados antes del año 2000 y del 2006 en el caso de los diésel. Según las estadísticas del Ayuntamiento de Madrid, el parque de vehículos de esta tipología corresponderá aproximadamente al 20% de coches en la ciudad.